martes, 29 de noviembre de 2011

ESTUDIO DE LA CRISIS ECONÓMICA DE ESPAÑA

Este volumen está dedicado a las políticas económicas que podrían contribuir a que España escapase de una dramática crisis económica que dura ya tres años. Una crisis que había venido gestándose durante un periodo más prolongado y cuyos orígenes se remontan a un pasado lejano; a políticas económicas pretéritas que, desgraciadamente, aún siguen vigentes. Por tanto, y pese a su apariencia académica, éste es un volumen aplicado que discute políticas económicas reales, aun cuando éstas apenas reciban un tratamiento explícito en los ensayos aquí recogidos, al dedicarse primordialmente éstos a analizar hipótesis, hechos, modelos y mecanismos de causalidad. Es decir, el tipo de cosas que deberíamos conocer, y conocer bien, antes de diseñar políticas económicas. La idea es que, a fin de que las políticas económicas tengan un mínimo sentido y sean eficaces (y no lesivas, que es lo que suele suceder con muchas de ellas), estas políticas deben basarse en un análisis económico riguroso e incorporar la triste, pero invariablemente cierta, reflexión de que –en Economía, al igual que en cualquier otro ámbito de la vida– nada es gratis.

lunes, 28 de noviembre de 2011

¿Qué objetivos persigue un partido politico?

COMENTARIO:
En mi opinión los objetivos que persiguen a un partido politico son muchos y muy importantes.
Yo creo que tenemos que hacer caso de ellos.
Estos son unos cuantos:
  • Socialización política y creación de opinión.
  • Armonización de intereses.
  • Formación de elites políticas.
  • Canalización de peticiones de la población hacia los poderes.
  • Reforzamiento y estabilización del sistema político.
Ascendentes (cuando fluyen desde la sociedad al Estado):
  • Estructuración del voto: ordenan la multiplicidad de opciones electorales.
  • Movilización e integración social: alientan la participación política, la concurrencia a los comicios y la asistencia a actos públicos.
  • Agregación de demandas: las sistematizan y priorizan. Armonizan intereses sectoriales integrándolos en un programa común.
  • Fomentan la socialización política: transmiten principios, proyectos e ideas que propician el aprendizaje cívico.
  • Creación y orientación de la opinión política.
Descendentes (derivan de la interacción con el gobierno):
  • Reclutamiento, formación y selección de potenciales líderes políticos.
  • Garantizan la renovación de las autoridades mediante el consenso y la aceptación de las reglas de la competencia.
  • Diseño, seguimiento y evaluación de políticas públicas.
  • Control de los representantes.
  • Reforzamiento y estabilización del sistema político.

Trabajo de Proyecto Empresarial

1. Realiza una reflexion sobre las siguientes frases:
a) La empresa Mc donald's para implantar la flexibilidad de la jornada consulto a sus empleados, ¿ còmo les gustaria ver reducida su jornada laboral?
b) Los empleados mas jovenes estaban interesados en una jornada semanal flexible.
c) Los adultos preferian tener mas tiempo de vacaciones, mientras que lo mas mayores obtenian por la jubilacion anticipada.
 REFLEXIÓN:
En mi opinión esto me parece bien, por que cada uno mira por lo suyo, por lo que les favorece.
Los empleados mas jovenes quieren trabajar más ya que asi como pide la vida tienen que tener trabajo.
Los adultos ya van pensando en las vacaciones puesto que ya le va quedando menos tiempo de trabajo y  estan más cerca de la jubilación que los jovenes.
Los mas mayores tienen la cabeza ya puesta y piena en la jubilación anticipada, ya que se van haciendo más mayores.
2. ¿ Qué significan los siguientes términos?
a) Convenio colectivo:
Es un tipo peculiar de contrato celebrado entre un sindicato o grupo de sindicatos y uno o varios empleadores, o un sindicato o grupo de sindicatos y una organización o varias representativas de los empleadores (comités de empresas).
b) Descanso semanal:
El descanso semanal es obligatorio para los trabajadores de todo establecimiento comercial e industrial y sus dependencias, cualquiera sea su naturaleza.
c)Trabajo nocturno, diurno:
Nocturno:
Se considera trabajo nocturno el realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana.
Diurno:
Es el comprendido entre las seis (06:00 a.m . ) y las dieciocho oras ( 6:00 p.m. )
3. Haz un horario, creando una empresa.
Nombre de la empresa:Windows (Empresa informática)
Horario:
LUNES:Abertura (08:00) Cierre (13:30)
MARTES:Abertura (08:00) Cierre (13:30)
MIERCOLES:Abertura (08:00) Cierre (13:30)
JUEVES:Abertura (08:00) Cierre (13:30)
VIERNES:Abertura (08:00) Cierre (13:30)
SABADO:Abertura(09:00) Cierre (13:00)
DOMINGO: Día libre de la empresa.
> Los días festivos no abrimos.

martes, 18 de octubre de 2011

PROYECTO EMPRESARIAL




¿Que es el derecho laboral?El Derecho laboral o Derecho del trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones entre empleador(es),trabajador(es), las asociaciones sindicales del Estado
2. ¿Qué es una relación laboral?
La relación laboral o las relaciones laborales son aquellas que se establecen entre el trabajo y el capital en el proceso productivo. En esa relación, la persona que aporta el trabajo se denomina trabajador, en tanto que la que aporta el capital se denomina empleador, patronal o empresario.
3. Tipos de relaciones laborales. Explica la diferencia entre ellas.
INDIVIDUAL:
Las relaciones laborales individuales son las que establece un trabajador aislado directamente con su empleador o su representante.
COLECTIVAS:

Las relaciones laborales colectivas son las que establece un sindicato o un grupo de sindicatos con una empresa u organización patronal, o un grupo de unas u otras.
4. ¿Qué es un contrato de trabajo?
Es aquel por el cual una persona física denominada el trabajador se obliga a prestar servicios personales para una persona física o jurídica denominada el empleador bajo la dependencia y subordinación de éste quien, a su vez, se obliga a pagar por estos servicios una remuneración determinada.
5. Diferencias entre días naturales y días hábiles.
Un día natural o corrido es un día normal, independiente de los festivos o fines de semana, mientras que un día hábil o día laborable es, por exclusión, aquél que no es festivo ni está en el fin de semana.

Los días naturales serían todos los 365 con los que cuenta el año y, en cambio, los días hábiles serían todos aquellos que no sonfestivos o feriados. En algunos países, el día hábil coincide o es equivalente al día laborable.
La diferencia entre ambos tipos de días es relevante para el cómputo de los plazos o términos, pues el resultado de contar días naturales o corridos puede resultar diverso de aquel que puede obtenerse contando sólo los días hábiles. Por ejemplo: del 15 de octubre al 15 de noviembre contiene 32 días naturales. En el caso del "día hábil" sólo se contarían los días no feriados.
En este caso, del 15 de octubre de 2004 hasta 15 de noviembre del mismo año, hay: 2 días domingo en octubre + 2 días domingo en noviembre (sin contar otros días festivos o feriados). Total 2+2=4 días inhábiles o feriados y 28 días hábiles.
6. Enumera las obligaciones de los trabajadores.
  1. Desempeñar el servicio contratado bajo la dirección del patrono o de su representante, ...
  2. Ejecutar el trabajo con la eficiencia, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos.
  3. Restituir al patrono los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y útiles que se les faciliten para el trabajo. Es entendido que no son responsables por el deterioro normal ni por el que se ocasione por caso fortuito, fuerza mayor, mala calidad o defectuosa construcción.
  4. Observar buenas costumbres durante el trabajo.
  5. Prestar los auxilios necesarios en caso de siniestro o riesgo inminente en que las personas o intereses del patrono o de algún compañero de trabajo estén en peligro, sin derecho a remuneración adicional.
  6. f) Someterse a reconocimiento médico, sea al solicitar su ingreso al trabajo o durante éste a solicitud del patrono, para comprobar que no padecen alguna incapacidad permanente o alguna enfermedad profesional, contagiosa o incurable; o a petición del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, con cualquier motivo.
  7. Guardar los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de los productos a cuya elaboración concurran directa o indirectamente, con tanta más fidelidad cuanto más alto sea el cargo del trabajador o la responsabilidad que tenga de guardarlos por razón de la ocupación que desempeña, así como los asuntos administrativos reservados, cuya divulgación pueda causar perjuicio a la empresa.
  8. Observar rigurosamente las medidas preventivas que acuerden las autoridades competentes y las que indiquen los patronos, para seguridad y protección personal de ellos o de sus compañeros de labores, o de los lugares donde trabajan;
  9. Asimismo, el Artículo 64. hace referencia a las prohibiciones de los trabajadores, siendo las principales:
    1. Abandonar el trabajo en horas de labor sin causa justificada o sin licencia del patrono o de sus jefes inmediatos.
    2. Trabajar en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas estupefacientes o en cualquier otra condición anormal análoga.
    3. Usar los útiles o herramientas suministrados por el patrono para objeto distinto de aquel a que estén normalmente destinados.
    4. Portar armas de cualquier clase durante las horas de labor o dentro del establecimiento, excepto en los casos especiales autorizados debidamente por las leyes, o cuando se trate de instrumentos cortantes, o punzo cortantes, que formen parte de las herramientas o útiles propios del trabajo; y
    5. La ejecución de hechos o la violación de normas de trabajo, que constituyan actos manifiestos de sabotaje contra la producción normal de la empresa.

7. Qué hace falta para ser trabajador y poder firmar un contrato de trabajo?

a) No tener a su cargo trabajadores por cuenta ajena ni contratar o subcontratar parte o toda la actividad con terceros, tanto respecto de la actividad contratada con el cliente del que depende económicamente como de las actividades que pudiera contratar con otros clientes.
b) No ejecutar su actividad de manera indiferenciada con los trabajadores que presten servicios bajo cualquier modalidad de contratación laboral por cuenta del cliente.
c) Disponer de infraestructura productiva y material propios, necesarios para el ejercicio de la actividad e independientes de los de su cliente, cuando en dicha actividad sean relevantes económicamente.
d) Desarrollar su actividad con criterios organizativos propios, sin perjuicio de las indicaciones técnicas que pudiese recibir de su cliente.
e) Percibir una contraprestación económica en función del resultado de su actividad, de acuerdo con lo pactado con el cliente y asumiendo riesgo y ventura de aquélla.
8. Qué es la emancipación? ¿Como se puede conseguir la emancipación?
La emancipación, en el sentido más extenso del término, se refiere a toda aquella acción que permite a una persona o a un grupo de personas acceder a un estado de autonomía por cese de la sujeción a alguna autoridad o protestad.
¿Como puede ser la forma de un contrato?

La forma puede ser determinante, a veces, de la validez y eficacia de los contratos. Los contratos pueden ser verbales o escritos; verbales, si su contenido se conserva sólo en la memoria de los intervinientes, o escritos, si su contenido se ha transformado en texto gramatical reflejado o grabado en soporte permanente y duradero (papel, cinta magnética visual o sonora, CD, DVD, PD, etc.) que permita su lectura y exacta reproducción posterior. Los contratos escritos pueden además ser solemnes o no, dependiendo de si deben formalizarse en escritura pública notarial, e incluso si la ley exige su inscripción en algún tipo de registro público (Registro de la propiedadRegistro mercantil, Registro de cooperativas, Registro de entidades urbanísticas colaboradoras, etc.). En los denominadoscontratos reales, su perfección de su forma exige además la entrega de la cosa (por ejemplo el préstamo, aunque se recoja en escritura pública, éste no nace si no se entrega el capital prestado en el acto de la suscripción del contrato).
Enumera y explica los elementos esenciales del contrato de trabajo

Los requisitos del objeto
El objeto del contrato es la prestación que una parte se obliga a ejecutar en favor de la otra, lo que le interesa a cada uno de los sujetos del contrato. La moderación, la reglamentación contractual, el trabajo debido y el salario adecuado pertenece el estudio del contenido del contrato, a la obligación de prestaciones de cada una de las partes. Se regula en los arts. 1271 a 1273 Cc.
El objeto ha de ser lícito, posible y determinado. El artículo 1271 del código civil dispone que pueden ser objeto del contrato todos los servicios que no sean contrarios a las leyes o a las buenas costumbres.
La causa
La causa del contrato de trabajo será, para el trabajador, obtener salario, y para el empresario, obtener los correspondientes servicios en régimen de ajeneidad. La causa es la razón, la justificación de por qué el ordenamiento jurídico tutela una determinada manifestación de la autonomía de la voluntad; explica este requisito esencial la función económico social del contrato de trabajo y lo caracteriza como el que regula el intercambio de servicios prestados en ajeneidad y dependencia por una remuneración.
Si no hay esta función económico social querida por las partes, el contrato será nulo por no tener causa; también serán nulos los que responden a una causa inmoral o ilícita, esta ilicitud debe relacionarse con la actividad del propio trabajador en un contrato determinado, no con la actividad de la empresa, caso de que ambas sean razonablemente separables.
Se regula en los arts. 1274 a 1277 Cc. Según el art. 1275 la causa ha de ser lícita, es decir, que no vaya contra la ley o la moral; ha de existir esa causa y ella ha de ser verdadera.
Funciones del empresario cuando realiza un contrato

ASUNCIÓN DE RIESGOS: en una empresa en la toma de decisiones se deben asumir riesgos, ya que el que no arriesga no gana y la empresa si no se toman riesgos no fructifica. Todo empresario debe sacar adelante la empresa en la que trabaja, buscando mercados mas extensos.
CREATIVIDAD E INOVACION: es añadir nuevos productos y presentaciones, buscar nuevos diseños para mayor satisfacción de sus clientes y su expansión en el mercado. En una empresa se deben de ir mejorando los productos (innovando) para la satisfacción del cliente, ya que si se mejora en calidad y presentación el producto se va a vender mas en el mercado considerando al público al que se le está vendiendo.
DECISIONES FUNDAMENTALES Y FINALES: las decisiones fundamentales y finales que se tomen en la empresa las debe de tomar una sola persona, la cual este capacitada para ello, pero antes de eso debe de reunirse con su equipo de trabajo para que juntos puedan llagar a una resolución, pero solo uno decide. La persona que en último término decide es el empresario o los accionistas de la empresa.
DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS: se deben designar funcionarios para los puestos claves ya que una sola persona no puede estar encargada de todo, pero si debe de supervisar a sus funcionarios porque cada movimiento que hagan bien o mal, caerá bajo su responsabilidad. Se limita a nombrar altos ejecutivos dependiendo de la capacidad y tiempo laborando en el área que se le desea asignar con el fin de que sus conocimientos sean los adecuados para el puesto requerido.
DELEGACIÓN: ya que se designo a los funcionarios se les debe delegar autoridad, para que estos sean capaces de tomar decisiones importantes para la empresa. El que tiene ese cargo en la empresa, tiene la responsabilidad de responder a las ventajas y desventajas del área de la cual está delegado.
FIJACION DE OBJETIVOS Y POLITICAS: toda empresa tiene objetivos y políticas, estos deben de ser alcanzables, en su realización. Estas dependen en gran medida de la meta a la cual quiera llegar la empresa, siempre y cuando respete las reglas de dicha institución.
CONTROL: En toda empresa se debe de tener un control, que este consiste en comparar lo hecho con lo planeado y así corregir las fallas.
LINEAMIENTOS GENERALES: los lineamentos generales deberán ser revisados por el empresario con el fin de que este vea cuáles son los resultados que ha tenido la empresa.
Diferencias entre contratos indefinidos y contratos temporales
Los tipos de contratos anteriores pueden clasificarse a su vez en dos categorías: contratospor tiempo indefinido y contratos temporales. En los primeros se incluirían los contratos a tiempo parcial (si la relación es indefinida), y los indefinidos ordinarios e indefinidos de fomento del empleo; en el segundo grupo todos los demás.
Explica el contrato indefinido ordinario
N
tuto de los trabajadores. R.D. Ley 9/97
OBJETO
La prestación de un trabajo retribuido por tiempo indefinido.
REQUISITOS PARA LA EMPRESA
Ninguno.
REQUISITOS PARA EL TRABAJADOR
Ninguno.
FORMA DEL CONTRAT
Salvo lo dispuesto en convenio colectivo, no podrá ser superior a seis meses para los técnicos titulados y para los demás trabajadores, de dos meses en empresas de 25 o más trabajadores y de tres meses en las de menos de 25.
DURACION Y PRORROGAS
Por tiempo indefinido.
EXTINCION Y FINALIZACIÓN CONTRATO
No existen normas especiales.
RETRIBUCION
Se aplicaran las normas generales

practicaCOTIZACION
Se aplicarán las Normas Generales.
Las contrataciones a jornada completa con desempleados menores de 30 años, desempleados inscritos en el INEM por un periodo de, al menos, 12 meses y desempleados mayores de 45 años, dan derecho, hasta el periodo máximo de los 24 meses siguientes a la contratación, a una bonificación del 40 por cien de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes.
INCENTIVOS
A los efectos de determinar el rendimiento de las actividades a las que resulte aplicable y por las que no hayan renunciado a la modalidad de signos, índices o módulos del método de estimación objetiva del I.R.P.F., no se computarán como personas asalariadas, durante los 24 meses siguientes a su contratación, los trabajadores desempleados menores de 30 años, los desempleados inscritos en el INEM por un periodo de, al menos, doce meses y los desempleados mayores de 45 años que sean contratados por tiempo indefinido a jornada completa.
La aplicación de los dispuesto en el párrafo anterior exigirá que el número de personas asalariadas al término de cada periodo impositivo, o al día del cese en el ejercicio de la actividad, si fuese anterior, sea superior al número de las existentes al 17 de mayo de 1.997. A estos efectos, se computarán como personas asalariadas las que presten sus servicios al empresario en todas las actividades que desarrolle, con independencia del método o modalidad de determinación del rendimiento neto de cada una de ellas.
NORMAS DE TRAMITACION
No es necesaria la copia básica.
No es necesario el registro en el INEM. Bastará con la simple comunicación de la contratación.
Explica el contrato formativo
 El contrato de trabajo en prácticas podrá concertarse con quienes estuvieran en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, que habiliten para el ejercicio profesional, dentro de los cuatro años inmediatamente siguientes a la terminación de los correspondientes estudios
Explica el contrato en practicas
Este contrato tiene como finalidad que el trabajador adquiera la experiencia práctica necesaria para capacitarle en el desempeño de aquella profesión para la cual obtuvo su titulación.
Explica el contrato eventual por circunstancias de la produccion

Son contratos eventuales los concertados para atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa. En convenio colectivo pueden determinarse las actividades en las que pueden contratarse trabajadores eventuales o fijarse criterios generales sobre la relación entre el número de contratos a realizar y la plantilla total de la empresa, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el mismo.
Su duración máxima será de 6 meses, dentro de un periodo de 12 meses, que se computará a partir de la fecha en que se produzca la causa que justifique el contrato eventual.
Explica el contrato de relevo y contrato a tiempo parcial
Peculiaridades del contrato a tiempo parcial del trabajador que se jubila:
  • Se formalizará por escrito y en el modelo oficial.
  • Deberán figurar en el mismo los elementos propios del contrato a tiempo parcial, así como la jornada que el trabajador realizaba antes y la que resulte como consecuencia de la reducción de su jornada de trabajo.
  • La celebración del contrato no supondrá la pérdida de los derechos adquiridos y de la antigüedad que correspondan al trabajador.
Peculiaridades del contrato de relevo:
  • Se formalizará por escrito en el modelo oficial y en él deberá constar necesariamente el nombre, edad y circunstancias profesionales del trabajador sustituido, así como las características del puesto de trabajo que vaya a desempeñar el relevista.
  • El puesto de trabajo del trabajador relevista podrá ser el mismo del trabajador sustituido o uno similar, entendiendo por tal el desempeño de tareas correspondientes al mismo grupo profesional o categoría equivalente.
En los supuestos en que debido a los requerimientos específicos del trabajo realizado por el jubilado parcial, el puesto de trabajo de éste no pueda ser el mismo o uno similar que el que vaya a desarrollar el trabador relevista, deberá existir una correspondencia entre las bases de cotización de ambos, de modo que la correspondiente al trabador relevista no podría ser inferior al 65 % de la base por la que venia cotizando el trabajador que acceda a la jubilación parcial.
  • Tendrá una duración indefinida o igual a la del tiempo que falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación ordinaria. Si al cumplir dicha edad, el trabajador jubilado parcialmente continuase en la empresa, el contrato de relevo que se hubiera celebrado por duración determinada podrá prorrogarse mediante acuerdo de las partes por períodos anuales, extinguiéndose, en todo caso, al finalizar el período correspondiente al año en el que se produzca la jubilación total del trabajador relevado.
    En el caso del trabajador jubilado parcialmente después de haber alcanzado la edad de jubilación, la duración del contrato de relevo que podrá celebrar la empresa para sustituir la parte de jornada dejada vacante por el mismo podrá ser indefinida o anual. En este segundo caso,  el contrato se prorrogará automáticamente por períodos anuales, extinguiéndose en la forma señalada en el párrafo anterior.
  • Podrá celebrarse a jornada completa o a tiempo parcial. En todo caso, la duración de la jornada deberá ser como mínimo, igual a la reducción de jornada acordada por el trabajador sustituido. El horario de trabajo del trabajador relevista podrá completar el del trabajador sustituido o simultanearse con él.
    Imagina que eres un empresario con varios trabajadores a cargo ¿que harias ante los siguientes hechos?
    a) Hablaria con el y segun lo que me cuente asi haria
    Seguramente le daria una oportunidad pero si lo volviera a acer lo despediria
    b) Antes de que fuera faltado mas o menos tres veces ya le fuera dado un toque y lo fuera despedido
    Tienes que visitar tres comercios y consultar con el empresario cuantos trabajadores tiene a su cargo y el tipo de contrato que tienen
    ·Cafeteria El Corona: Cuatro trabajadores ; dos con contrato de media jornada y los otros dos con contrato de jornada completa
    ·Peluqueria Ucles: El empresario tambien trabaja ; contrato de empresario de jornada completa
    ·Bazar: Cuatro trabajadores ; contratos de jornada completa

PROYECTO EMPRESARIAL




¿Que es el derecho laboral?El Derecho laboral o Derecho del trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones entre empleador(es),trabajador(es), las asociaciones sindicales del Estado
2. ¿Qué es una relación laboral?
La relación laboral o las relaciones laborales son aquellas que se establecen entre el trabajo y el capital en el proceso productivo. En esa relación, la persona que aporta el trabajo se denomina trabajador, en tanto que la que aporta el capital se denomina empleador, patronal o empresario.
3. Tipos de relaciones laborales. Explica la diferencia entre ellas.
INDIVIDUAL:
Las relaciones laborales individuales son las que establece un trabajador aislado directamente con su empleador o su representante.
COLECTIVAS:

Las relaciones laborales colectivas son las que establece un sindicato o un grupo de sindicatos con una empresa u organización patronal, o un grupo de unas u otras.
4. ¿Qué es un contrato de trabajo?
Es aquel por el cual una persona física denominada el trabajador se obliga a prestar servicios personales para una persona física o jurídica denominada el empleador bajo la dependencia y subordinación de éste quien, a su vez, se obliga a pagar por estos servicios una remuneración determinada.
5. Diferencias entre días naturales y días hábiles.
Un día natural o corrido es un día normal, independiente de los festivos o fines de semana, mientras que un día hábil o día laborable es, por exclusión, aquél que no es festivo ni está en el fin de semana.

Los días naturales serían todos los 365 con los que cuenta el año y, en cambio, los días hábiles serían todos aquellos que no sonfestivos o feriados. En algunos países, el día hábil coincide o es equivalente al día laborable.
La diferencia entre ambos tipos de días es relevante para el cómputo de los plazos o términos, pues el resultado de contar días naturales o corridos puede resultar diverso de aquel que puede obtenerse contando sólo los días hábiles. Por ejemplo: del 15 de octubre al 15 de noviembre contiene 32 días naturales. En el caso del "día hábil" sólo se contarían los días no feriados.
En este caso, del 15 de octubre de 2004 hasta 15 de noviembre del mismo año, hay: 2 días domingo en octubre + 2 días domingo en noviembre (sin contar otros días festivos o feriados). Total 2+2=4 días inhábiles o feriados y 28 días hábiles.
6. Enumera las obligaciones de los trabajadores.
  1. Desempeñar el servicio contratado bajo la dirección del patrono o de su representante, ...
  2. Ejecutar el trabajo con la eficiencia, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos.
  3. Restituir al patrono los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y útiles que se les faciliten para el trabajo. Es entendido que no son responsables por el deterioro normal ni por el que se ocasione por caso fortuito, fuerza mayor, mala calidad o defectuosa construcción.
  4. Observar buenas costumbres durante el trabajo.
  5. Prestar los auxilios necesarios en caso de siniestro o riesgo inminente en que las personas o intereses del patrono o de algún compañero de trabajo estén en peligro, sin derecho a remuneración adicional.
  6. f) Someterse a reconocimiento médico, sea al solicitar su ingreso al trabajo o durante éste a solicitud del patrono, para comprobar que no padecen alguna incapacidad permanente o alguna enfermedad profesional, contagiosa o incurable; o a petición del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, con cualquier motivo.
  7. Guardar los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de los productos a cuya elaboración concurran directa o indirectamente, con tanta más fidelidad cuanto más alto sea el cargo del trabajador o la responsabilidad que tenga de guardarlos por razón de la ocupación que desempeña, así como los asuntos administrativos reservados, cuya divulgación pueda causar perjuicio a la empresa.
  8. Observar rigurosamente las medidas preventivas que acuerden las autoridades competentes y las que indiquen los patronos, para seguridad y protección personal de ellos o de sus compañeros de labores, o de los lugares donde trabajan;
  9. Asimismo, el Artículo 64. hace referencia a las prohibiciones de los trabajadores, siendo las principales:
    1. Abandonar el trabajo en horas de labor sin causa justificada o sin licencia del patrono o de sus jefes inmediatos.
    2. Trabajar en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas estupefacientes o en cualquier otra condición anormal análoga.
    3. Usar los útiles o herramientas suministrados por el patrono para objeto distinto de aquel a que estén normalmente destinados.
    4. Portar armas de cualquier clase durante las horas de labor o dentro del establecimiento, excepto en los casos especiales autorizados debidamente por las leyes, o cuando se trate de instrumentos cortantes, o punzo cortantes, que formen parte de las herramientas o útiles propios del trabajo; y
    5. La ejecución de hechos o la violación de normas de trabajo, que constituyan actos manifiestos de sabotaje contra la producción normal de la empresa.

7. Qué hace falta para ser trabajador y poder firmar un contrato de trabajo?

a) No tener a su cargo trabajadores por cuenta ajena ni contratar o subcontratar parte o toda la actividad con terceros, tanto respecto de la actividad contratada con el cliente del que depende económicamente como de las actividades que pudiera contratar con otros clientes.
b) No ejecutar su actividad de manera indiferenciada con los trabajadores que presten servicios bajo cualquier modalidad de contratación laboral por cuenta del cliente.
c) Disponer de infraestructura productiva y material propios, necesarios para el ejercicio de la actividad e independientes de los de su cliente, cuando en dicha actividad sean relevantes económicamente.
d) Desarrollar su actividad con criterios organizativos propios, sin perjuicio de las indicaciones técnicas que pudiese recibir de su cliente.
e) Percibir una contraprestación económica en función del resultado de su actividad, de acuerdo con lo pactado con el cliente y asumiendo riesgo y ventura de aquélla.
8. Qué es la emancipación? ¿Como se puede conseguir la emancipación?
La emancipación, en el sentido más extenso del término, se refiere a toda aquella acción que permite a una persona o a un grupo de personas acceder a un estado de autonomía por cese de la sujeción a alguna autoridad o protestad.
¿Como puede ser la forma de un contrato?

La forma puede ser determinante, a veces, de la validez y eficacia de los contratos. Los contratos pueden ser verbales o escritos; verbales, si su contenido se conserva sólo en la memoria de los intervinientes, o escritos, si su contenido se ha transformado en texto gramatical reflejado o grabado en soporte permanente y duradero (papel, cinta magnética visual o sonora, CD, DVD, PD, etc.) que permita su lectura y exacta reproducción posterior. Los contratos escritos pueden además ser solemnes o no, dependiendo de si deben formalizarse en escritura pública notarial, e incluso si la ley exige su inscripción en algún tipo de registro público (Registro de la propiedadRegistro mercantil, Registro de cooperativas, Registro de entidades urbanísticas colaboradoras, etc.). En los denominadoscontratos reales, su perfección de su forma exige además la entrega de la cosa (por ejemplo el préstamo, aunque se recoja en escritura pública, éste no nace si no se entrega el capital prestado en el acto de la suscripción del contrato).
Enumera y explica los elementos esenciales del contrato de trabajo

Los requisitos del objeto
El objeto del contrato es la prestación que una parte se obliga a ejecutar en favor de la otra, lo que le interesa a cada uno de los sujetos del contrato. La moderación, la reglamentación contractual, el trabajo debido y el salario adecuado pertenece el estudio del contenido del contrato, a la obligación de prestaciones de cada una de las partes. Se regula en los arts. 1271 a 1273 Cc.
El objeto ha de ser lícito, posible y determinado. El artículo 1271 del código civil dispone que pueden ser objeto del contrato todos los servicios que no sean contrarios a las leyes o a las buenas costumbres.
La causa
La causa del contrato de trabajo será, para el trabajador, obtener salario, y para el empresario, obtener los correspondientes servicios en régimen de ajeneidad. La causa es la razón, la justificación de por qué el ordenamiento jurídico tutela una determinada manifestación de la autonomía de la voluntad; explica este requisito esencial la función económico social del contrato de trabajo y lo caracteriza como el que regula el intercambio de servicios prestados en ajeneidad y dependencia por una remuneración.
Si no hay esta función económico social querida por las partes, el contrato será nulo por no tener causa; también serán nulos los que responden a una causa inmoral o ilícita, esta ilicitud debe relacionarse con la actividad del propio trabajador en un contrato determinado, no con la actividad de la empresa, caso de que ambas sean razonablemente separables.
Se regula en los arts. 1274 a 1277 Cc. Según el art. 1275 la causa ha de ser lícita, es decir, que no vaya contra la ley o la moral; ha de existir esa causa y ella ha de ser verdadera.
Funciones del empresario cuando realiza un contrato

ASUNCIÓN DE RIESGOS: en una empresa en la toma de decisiones se deben asumir riesgos, ya que el que no arriesga no gana y la empresa si no se toman riesgos no fructifica. Todo empresario debe sacar adelante la empresa en la que trabaja, buscando mercados mas extensos.
CREATIVIDAD E INOVACION: es añadir nuevos productos y presentaciones, buscar nuevos diseños para mayor satisfacción de sus clientes y su expansión en el mercado. En una empresa se deben de ir mejorando los productos (innovando) para la satisfacción del cliente, ya que si se mejora en calidad y presentación el producto se va a vender mas en el mercado considerando al público al que se le está vendiendo.
DECISIONES FUNDAMENTALES Y FINALES: las decisiones fundamentales y finales que se tomen en la empresa las debe de tomar una sola persona, la cual este capacitada para ello, pero antes de eso debe de reunirse con su equipo de trabajo para que juntos puedan llagar a una resolución, pero solo uno decide. La persona que en último término decide es el empresario o los accionistas de la empresa.
DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS: se deben designar funcionarios para los puestos claves ya que una sola persona no puede estar encargada de todo, pero si debe de supervisar a sus funcionarios porque cada movimiento que hagan bien o mal, caerá bajo su responsabilidad. Se limita a nombrar altos ejecutivos dependiendo de la capacidad y tiempo laborando en el área que se le desea asignar con el fin de que sus conocimientos sean los adecuados para el puesto requerido.
DELEGACIÓN: ya que se designo a los funcionarios se les debe delegar autoridad, para que estos sean capaces de tomar decisiones importantes para la empresa. El que tiene ese cargo en la empresa, tiene la responsabilidad de responder a las ventajas y desventajas del área de la cual está delegado.
FIJACION DE OBJETIVOS Y POLITICAS: toda empresa tiene objetivos y políticas, estos deben de ser alcanzables, en su realización. Estas dependen en gran medida de la meta a la cual quiera llegar la empresa, siempre y cuando respete las reglas de dicha institución.
CONTROL: En toda empresa se debe de tener un control, que este consiste en comparar lo hecho con lo planeado y así corregir las fallas.
LINEAMIENTOS GENERALES: los lineamentos generales deberán ser revisados por el empresario con el fin de que este vea cuáles son los resultados que ha tenido la empresa.
Diferencias entre contratos indefinidos y contratos temporales
Los tipos de contratos anteriores pueden clasificarse a su vez en dos categorías: contratospor tiempo indefinido y contratos temporales. En los primeros se incluirían los contratos a tiempo parcial (si la relación es indefinida), y los indefinidos ordinarios e indefinidos de fomento del empleo; en el segundo grupo todos los demás.
Explica el contrato indefinido ordinario
N
tuto de los trabajadores. R.D. Ley 9/97
OBJETO
La prestación de un trabajo retribuido por tiempo indefinido.
REQUISITOS PARA LA EMPRESA
Ninguno.
REQUISITOS PARA EL TRABAJADOR
Ninguno.
FORMA DEL CONTRAT
Salvo lo dispuesto en convenio colectivo, no podrá ser superior a seis meses para los técnicos titulados y para los demás trabajadores, de dos meses en empresas de 25 o más trabajadores y de tres meses en las de menos de 25.
DURACION Y PRORROGAS
Por tiempo indefinido.
EXTINCION Y FINALIZACIÓN CONTRATO
No existen normas especiales.
RETRIBUCION
Se aplicaran las normas generales

practicaCOTIZACION
Se aplicarán las Normas Generales.
Las contrataciones a jornada completa con desempleados menores de 30 años, desempleados inscritos en el INEM por un periodo de, al menos, 12 meses y desempleados mayores de 45 años, dan derecho, hasta el periodo máximo de los 24 meses siguientes a la contratación, a una bonificación del 40 por cien de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes.
INCENTIVOS
A los efectos de determinar el rendimiento de las actividades a las que resulte aplicable y por las que no hayan renunciado a la modalidad de signos, índices o módulos del método de estimación objetiva del I.R.P.F., no se computarán como personas asalariadas, durante los 24 meses siguientes a su contratación, los trabajadores desempleados menores de 30 años, los desempleados inscritos en el INEM por un periodo de, al menos, doce meses y los desempleados mayores de 45 años que sean contratados por tiempo indefinido a jornada completa.
La aplicación de los dispuesto en el párrafo anterior exigirá que el número de personas asalariadas al término de cada periodo impositivo, o al día del cese en el ejercicio de la actividad, si fuese anterior, sea superior al número de las existentes al 17 de mayo de 1.997. A estos efectos, se computarán como personas asalariadas las que presten sus servicios al empresario en todas las actividades que desarrolle, con independencia del método o modalidad de determinación del rendimiento neto de cada una de ellas.
NORMAS DE TRAMITACION
No es necesaria la copia básica.
No es necesario el registro en el INEM. Bastará con la simple comunicación de la contratación.
Explica el contrato en